El 9 de julio de 2025, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico abrió a audiencia pública una Orden ministerial destinada a definir el concepto de “empresa de gran consumo de energía del sector industrial” dentro del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE). Este reglamento permitirá que industrias clasificadas en sectores B (extractiva) y C (manufacturera) puedan monetizar sus mejoras de eficiencia energética, siempre que cumplan una auditoría energética previa y ciertos criterios de consumo mínimo y eficiencia energética.
Beneficiarios y condiciones clave
Podrán acogerse a estas ayudas las empresas que:
– Sean legalmente constituidas en España.
– Pertenezcan a los CNAE de industrias extractivas o manufactureras.
– Alcancen un consumo medio anual de ≥1 GWh en los últimos tres años.
– Tengas una ratio energía/valor añadido ≥1 kWh/€ en al menos uno de los dos años anteriores.
Tecnologías y combustibles admitidos
La Orden permite que incluso las industrias electrointensivas puedan acceder a las ayudas si emplean combustibles fósiles, siempre que:
– Sean tecnologías de combustión directa.
– Se amortizan en 5 años o menos.
– Cumplan la normativa de emisiones de la UE.
– No exista alternativa sostenible viable y se produzca ahorro energético final
Transparencia y participación ciudadana
Las empresas deben publicar evidencia verificable de los ahorros logrados, garantizando trazabilidad y acceso público. Además, el plazo para presentar alegaciones permanece abierto hasta el 12 de agosto de 2025.
Fuente: web Energías Renovables



