RESUMEN: El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha acordado por unanimidad levantar la suspensión provisional de varios artículos de la ley gallega de medidas fiscales y administrativas que habían sido recurridos por el Gobierno central por posible invasión de competencias. La decisión desbloquea la aplicación de normas clave en materia de energía eólica, incluida la repotenciación de parques, y de reconocimiento de la dependencia y discapacidad, que habían quedado paralizadas tras la admisión a trámite del recurso. El órgano de garantías no entra aún en el fondo del conflicto, que se resolverá en sentencia en los próximos meses, pero estima que no hay perjuicios irreparables para mantener estas disposiciones vigentes.
Un espaldarazo al desarrollo normativo gallego en eólica y dependencia.
La decisión del Tribunal Constitucional significa que varios apartados de los artículos 30 y 45 de la ley autonómica gallega podrán volver a aplicarse temporalmente hasta que el tribunal se pronuncie de manera definitiva sobre su constitucionalidad. Entre estos preceptos figura la regulación territorial y tecnológica del Plan Sectorial Eólico de Galicia (PSEG), diseñado para promover y ordenar las zonas aptas para instalaciones eólicas y su repotenciación, así como la homologación automática de grados de discapacidad y dependencia que pretende facilitar el acceso a prestaciones sociales.
La suspensión había sido decretada tras la admisión del recurso de inconstitucionalidad presentado por el Ejecutivo central, que sostenía que esos cambios legales invadían competencias exclusivas del Estado. Sin embargo, el TC consideró que, bajo la presunción de constitucionalidad de la norma autonómica, los aspectos objeto de controversia no causan perjuicios “irreparables” ni actuales al interés general ni a terceros, por lo que decidió levantar las medidas cautelares que paralizaban la aplicación de los artículos recurridos.
La Xunta de Galicia y el Parlamento autonómico habían reclamado el levantamiento de la suspensión desde que fue decretada, argumentando que la paralización obstaculizaba políticas públicas que afectan a procesos administrativos ambientales y sociales de relevancia, como la transición energética y la agilización de los procedimientos de dependencia. El conselleiro de Presidencia e Xustiza de la Xunta, Diego Calvo, calificó la decisión del Constitucional como un “duro varapalo” para el Gobierno central y defendió que revertir esta suspensión beneficiará tanto al medio ambiente gallego como a las personas que tramitan su reconocimiento de dependencia o discapacidad.
Pese al levantamiento de la medida cautelar, el Gobierno central ha subrayado que se trata de una fase procesal dentro del propio recurso de inconstitucionalidad y ha apelado a esperar a la sentencia de fondo que deberá resolver sobre la verdadera constitucionalidad de estos preceptos. El Ejecutivo mantiene que algunas de las normas autonómicas cuestionadas podrían vulnerar las competencias exclusivas del Estado en materia de energía y prestaciones sociales, por lo que el proceso continuará abierto.



